Ley exige un cuidador por cada siete adultos mayores postrados

Los Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam) se rigen desde el año 2010 por un reglamento establecido en el decreto N°14 de la Subsecretaría de Salud Pública.
Establece que estos centros son aquellos en los que residen personas de 60 años o más “que, por motivos biológicos, psicológicos o sociales, requieren de un medioambiente protegido y cuidados diferenciados que allí reciben”, y establece que todos, sin excepción, deben contar con la autorización otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la región en la que operen, autorización que deberá solicitar de nuevo cada vez que aumente el número de camas, que modifique la planta física o se traslade a otro lugar.
La seremi de Salud de la Región Metropolitana, Rosa Oyarce, explica que este tipo de centros deben cumplir con varios requisitos y son fiscalizados por las seremis de Salud a lo largo del país, que velan por elementos que están relacionados con la parte estructural, como disponer de la cantidad necesaria de dormitorios de acuerdo al número de personas para el que está pidiendo autorización, que disponga la cantidad de baños necesaria, los elementos de seguridad como pasamanos en los pasillos para ayudar al desplazamiento de las personas, entre otros.
Según este reglamento, los Eleam que atiendan a adultos mayores con dependencia psíquica o física severa (postrados) requieren de un auxiliar de enfermería 12 horas diurnas y uno disponible en caso de necesitarlo en la noche, además de un cuidador por cada siete residentes 12 horas del día y uno por cada 10 en turno nocturno. A partir de ocho residentes corresponden dos cuidadores diurnos y a partir de 15 tres, y así sucesivamente, operando del mismo modo respecto de los cuidadores del turno de noche. Si el grado de dependencia física o psíquica es leve o moderada, se necesitarán menos cuidadores. Así, por ejemplo, los adultos mayores autovalentes requieren de un cuidador por cada 20 residentes durante las 24 horas.

Fiscalización

De acuerdo a los registros de la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, hoy existen 452 Eleam autorizados en la región. En lo que va del año, se han realizado 191 fiscalizaciones y en 20 de ellas se dejó sin funcionamiento a igual número de centros y otros 100 terminaron en sumarios.
“Los sumarios están relacionados principalmente con la falta de elementos de infraestructura, como barras, baños en condiciones inadecuadas, ascensores o falta de reglamentos internos, condiciones en la cocina, habitaciones, básicamente problemas de infraestructura”, dice Oyarce.
Los primeros fiscalizadores, señala la seremi, son los familiares. En una primera visita, mientras buscan un recinto, explica, lo primero que deben pedir es que tengan su autorización sanitaria, que muestre el plan de evacuación y el reglamento interno. “Las vías de evacuación son tremendamente importantes en un lugar donde va a haber ancianos que tienen problemas para desplazarse y para ello tienen que contar con un plan de evacuación y emergencia en caso de alguna eventualidad”, dice la seremi.
Al momento de solicitar un permiso de funcionamiento, se les pide, entre otros documentos, un plano croquis del recinto, la recepción final, el certificado de un experto en prevención de riesgo o bomberos que acredite que cumple con los requisitos de prevención y protección contra incendios; certificación de las condiciones eléctricas y de gas, emitida por un instalador autorizado.
Fuente: Latercera.com
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